FORMACIÓN PARA TRANSPORTISTAS EN MERCANCÍAS PELIGROSAS
EL CONSEJERO DE SEGURIDAD.
En virtud de lo dispuesto en la ORDEN FOM/ 605/2004 y el R.D. 1566/99, que obliga a designar un consejero de Seguridad a las empresas que operen con los productos sometidos al ADR, ya sea el transporte, la carga o la descarga para su uso, transformación o reexpedición.
- Informe Anual: Antes del 31 de marzo de cada año, conforme a lo establecido en la ORDEN FOM/606/2018.
FORMACIÓN ADR
- En virtud de lo establecido en el art 7.2 del REAL DECRETO 1566/1999, se realiza una formación adecuada para el transporte de mercancías peligrosas ADR.
Parque Empresarial P.I.S.A
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