Cambios en los límites de velocidad en las carreteras convencionales
Cambios en los límites de velocidad en las carretera
La Dirección General de Tráfico (DGT) nos sorprendió a todos en el último trimestre de 2018 con sus cambios en el Reglamento General de Circulación con respecto a los límites de velocidad en las carreteras convencionales. Los cambios más relevantes que quiere adoptar la DGT es en materia de retirada de puntos por los elementos de seguridad, por exceso de velocidad, por el uso del móvil y además cambios en la recuperación de puntos perdidos.
Puntos retirados por exceso de Velocidad
De momento se sabe que hoy, 29 de enero entra en vigor el cambio en límites de velocidad según el tipo de vías y de vehículos. Ver BOE. En España, desde principios de los años ochenta, el límite de velocidad en carreteras secundarias para turismos y motocicletas se estableció en 100 y 90 km/h, dependiendo si la vía tenía arcén de al menos 1,5 metros. Con la entrada en vigor del carnet con puntos a mediados del año 2006 se multa en estas vías con 2 puntos y 300 euros por circular a 121 km/h con limite de 100 km/h en carreteras convencionales. Con la modificación del art. 48, se reduce el límite de velocidad para turismos y motocicletas a 90 km/h. Por lo que a partir de hoy se aplicará esa cuantía a los 111 km/h.
Cabe recordar que esto es una limitación genérica por el tipo de vía. Siempre hemos de respetar las señales que se encuentran en las carreteras. Por lo tanto mientras sigan las señales de 100km/h habrá que respetar esta señal. Hasta que la cambien por las nuevas de 90 km/h.
Así queda el cuadro de límites de velocidad según el tipo de vía y de vehículos:
Hay excepciones en los límites de velocidad en algunos vehículos, como autobuses sin cinturón en los que el limite se rebaja 10 km/h. Es decir, se limita a 80 km/h. Si tiene un vehículo con otras características especiales y no sabe cuál es su límite. No dude en contactar con nosotros y le asesoramos: GESTRAFIC
Puntos retirados por los elementos de seguridad
Tráfico también quiere ampliar el número de puntos para aquellas personas que no lleven el cinturón de seguridad, el casco o las sillitas de retención infantil adecuadas y debidamente colocadas. Pasando de 3 puntos a 4 puntos. Pero de momento no se ha llegado a modificar la ley.
Puntos retirados por uso del móvil
Las distracciones al volante, serán sancionadas con la pérdida de 6 puntos. La DGT se centra especialmente en el uso del teléfono móvil y los sistemas de mensajes. Actualmente es de 3 puntos, pero se cambiará cuando lleguen a un acuerdo las fuerzas políticas.
Recuperación de puntos del carné
Tráfico quiere aumentar de 6 a 8 el número de puntos que puedan recuperarse. Para incentivar un mejor comportamiento de los conductores. Y así sensibilizarlos y reeducarlos con los distintos cursos de recuperación.
Si tiene alguna multa y quiere reclamar, ponte en contacto con nosotros: Gestrafic