Salvoconducto para circular en el Estado de alarma
Salvoconducto para poder circular en el Estado de alarma en España
Circular en el Estado de Alarma 24/03/2020
Toda persona que necesite desplazarse a diferentes zonas del territorio español pudiendo incumplir las restricciones impuestas por cada comunidad, debe llevar un justificante de desplazamiento que le sirva de salvoconducto para poder circular en el estado de alarma sin problemas desde su domicilio al lugar de destino y viceversa; si bien hay que llevar siempre el DNI, pues los agentes comprueban que el trayecto sea el correcto, respecto a la dirección del DNI. Si la dirección reflejada en el DNI no estuviese actualizada, es recomendable llevar también algún documento que acredite la dirección real de la persona (certificado de empadronamiento, cuenta bancaria, recibo de algún suministro a su nombre, etc.). Actualización Salvoconducto 30/03/20.
Movilidad por motivos laborales
Aquellas empresas que necesiten que sus trabajadores se desplacen por el territorio español como parte de su actividad y tengan la necesidad de incumplir las restricciones adoptadas por cada Comunidad Autónoma, deberán facilitar a sus empleados un certificado, una «declaración responsable» o salvoconducto, para permitirles los desplazamientos.
¿Qué puedo hacer en caso de recibir una sanción por incumplir las restricciones?
En Gestrafic nos encargamos de recurrir por ti las sanciones que puedas recibir, sean por las restricciones y medidas del Estado de Alarma o cualquier otro tipo de sanción.
En estos momento duros, desde GESTRAFIC, mucho ánimo.
¡Saldremos de ésta!