Nuevo Real Decreto 563/2017 ¡Aviso a transportistas!,
Nuevo Real Decreto 563/2017
¡Aviso a transportistas!
El próximo 20 de mayo entrará en vigor el Nuevo Real Decreto 563/2017 del 2 de junio de 2017; el cual regulará las condiciones en que se deben realizar las inspecciones técnicas en carretera de los vehículos comerciales que circulen por el territorio nacional, independientemente de su nacionalidad.
Este régimen consistirá en inspecciones técnicas básicas y otras más meticulosas llevadas a cabo por un grupo dedicado a la inspección de tráfico dentro de La Guardia Civil. En la supervisión inicial, el inspector podrá realizar una revisión visual de la sujeción de la carga, entre otras cosas. El cambio de posición de la carga en cualquier situación de funcionamiento debe ser mínimo y nunca debe suponer un riesgo para la circulación, salud o medio ambiente. Atendiendo a los resultados de este primer examen, el inspector decidirá si es necesario revisar el vehículo de manera más minuciosa.
Sin embargo, este nuevo decreto entra de forma directa en conflicto con La Ley de Contrato de Transporte: en el primero, el responsable de la estiba y desestiba es el transportista, y en algunas ocasiones el conductor; mientras que en la segunda se responsabiliza al cargador y destinatario.
¿Cuál sería la solución?
Como solución a esta ambigüedad, la DGT está trabajando en la elaboración de un documento adaptado a cada tipo de transporte llamado ‘ficha de estiba’. En ella, el responsable de la carga en cada caso será quien garantice su adecuada sujeción. Este proyecto se encuentra aún en desarrollo por lo que, por ahora, no se podrá utilizar de manera inmediata tras la entrada en vigencia del decreto.
Lo que sí se aplicará inmediatamente desde el 20 de mayo será la sanción proporcional a la falta cometida en esta materia, pudiendo ser ésta leve, grave o peligrosa. A estas “multas” se les unen también los posibles gastos de inspección: si tras un reconocimiento técnico minucioso se detectan deficiencias que hagan necesaria una nueva inspección ITV, se habrán de abonar las tarifas y tasas que apliquen. Por otra parte, si además se acredita que la deficiencia constituye una infracción, todos los gastos derivados correrán a cargo del titular (inmovilización, traslado, depósito, etc.)
Es importante tener también en cuenta que al contrario de lo que se rumoreó, no habrá ninguna fase de transición. Sea como fuere, podéis contar siempre con Gestrafic. Las nuevas normativas requieren un periodo de adaptación y si necesitáis reclamar una multa de este tipo o simplemente tenéis cualquier pregunta al respecto, no dudéis en contactar con nosotros. Nuestros años de experiencia en gestión de sanciones, además de en otros muchos servicios, nos avalan. Estamos aquí para ayudaros.